La contraloría General del Estado mediante Informe DPC-001-2023 realizó un examen especial a los subsistemas de planificación de talento humano, reclutamiento y selección de personal, al pago de remuneraciones, indemnizaciones; y, dearrollo institucionalen el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MONTÚFAR por el período comprendido entre el 02 de enero de 2017 y 31 de mayo de 2022.
En la página 13 sobre FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL JURADA AL INICIO DE GESTIÓN, en la conclusión se establce: El Director de Talento Humano; no exigió la presentación de las declaraciones patrimoniales juradas de 23 servidores y trabajadores, ni verficó que 17 servidores presenten previo al inicio de gestión de su cargo; ocasionando que 40 funcionarios municipales, se posesionen en el cargo público, sin el cumplimiento de este requisito indispensable.
Qué dice la LEY PRESENTACION Y CONTROL DE DECLARACIONES PATRIMONIALES JURADAS:
Art. 4.- Declaración Inicial y declaraciones Periódicas. Las personas obligadas deben realizar la declaración patrimonial jurada en el formulario establecido por la Contraloría General del Estado y presentar la constancia de su otorgamiento como requisito para posesionarse en la función o cargo, de acuerdo con las regulaciones que dicte este Organismo de Control. La falta de presentación de la declaración patrimonial jurada al inicio de la gestión acarreará la anulación inmediata del nombramiento o contrato y el cese de funciones del obligado, además de la remoción del director o jefe de la unidad de administración del talento humano que haya posesionado al nuevo servidor sin ese requisito indispensable. La presentación extemporánea de la declaración patrimonial jurada no convalida el incumplimiento.
A continuación el informe COMPLETO QUE SE PUEDE BAJAR:
Fuente web Informes Aprobados Contraloría General del Estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario