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sábado, 3 de noviembre de 2012

La banca desempolva su viejo truco: el riesgo sistémico


La banca privada ecuatoriana sabe cabildear -mucho- y no tiene pena el momento de dar lecciones a plena luz del día, especialmente cuando siente que su bolsillo está bajo amenaza, particularmente desde que Rafael Correa mandó al Legislativo un proyecto de ley que busca financiar parte del alza del Bono de Desarrollo Humano (BDH), de US$ 35 a US$50, con las utilidades generadas por las 36 instituciones del sistema.

El capítulo más reciente acaba de editarse en Quito, este miércoles 31 de octubre (ver foto superior), cuando los representantes de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (ABPE) se presentaron en la Asamblea Nacional para defender sus intereses, cobijados en una fuerte artillería legal elaborada por sus asesores. La prensa local, algo distraída en las formas (que el Presidente de la Comisión de lo Económico y Tributario llegó 50 minutos tarde, etc.) o en las anécdotas (que el inefable y siempre vigente César Robalino, esta vez como director de la ABPE, estuvo mal genio, etc.), no raparó mucho en los mensajes de fondo de los banqueros a los políticos que dirigen el Estado. Cuando los titulares hablaron de que "la banca privada pidió el archivo del proyecto", dijeron algo cierto, pero no completo, y en ese trecho está el detalle. 

Los banqueros, en un documento firmado por Robalino y dirigido al Presidente de la Comisión que tramita el proyecto, Francisco Velasco, fueron lejos (abajo pueden leer la carta). He leído el texto con cuidado. La tesis de la banca privada es que detrás del proyecto hay una dedicatoria del Gobierno para pretender meterles la mano al bolsillo por la vía tributaria. Sostiene que esa conducta del Régimen de Rafael Correa es ilegal y discriminatoria, aparte de ser financieramente riesgosa, porque puede debilitar y crear problemas estructurales irreversibles a la banca. En suma, reapareció el discurso del "riesgo sistémico", el viejo cuco de la ABPE que tantos y tantos réditos institucionales le ha dado siempre. Y de ahí su demanda inquebrantable: "Solicitamos a la Comisión que niegue el Proyecto de Ley de Redistribución del Gasto Social disponiendo su archivo, pues es evidente la manifiesta inconstitucionalidad de sus normas. No es admisible que las autoridades, apartándose de las normas constitucionales, fomenten un debate que produce desconfianza en los siete millones de clientes, propietarios de depósitos por más de US$ 20.000 millones. Debe quedar claro que de producirse efectos negativos durante el debate del Proyecto o con la aplicación de la ley, en caso de que se apruebe en contra de nuestro razonado pedido, la responsabilidad deberán asumirla quienes han concebido y aprobado este cuerpo legal."

Los argumentos jurídico-tributarios de la ABPE, con los cuales pretende echar al piso el proyecto del Gobierno, francamente se ven elaborados, y seguramente se debatirán en la Asamblea, tanto como en la oficina jurídica del Presidente y en el SRI (por cierto, Carlos Marx Carrasco aparece citado por los banqueros en su alegato legal). De modo que los reyes del derecho y los padres de la Patria tienen ahí ardua tarea impuesta por la ABPE para los próximos 20 días.

Pero en el plano de la economía política, donde la economía se vuelve poder y la política es poder, el asunto se presenta más alhaja. Diré, para empezar, que la ABPE es una corporación maestra a la hora de ponerse en el extremo de la cuerda y desde ahí amenzar con saltar al vacío cuando siente que algún problema merodea por sus pagos. En momentos de tensión, a este tradicional chantaje edulcorado agrega casi siempre fuertes dosis de tremendismo porque sabe que tiene eco mediático, y cuando no lo tiene, presiona. Lo que veo y leo hoy, en estos días del Bono en los tiempos de Correa, no resulta nuevo para quienes tenemos alguna experiencia en el complejísimo manejo de información económica y bancaria en un país como Ecuador, tradicionalmente sometido al oscuro poder de las corporaciones. La ABPE dio cumplidas lecciones en aquello de meternos miedo -una suerte de terrorismo financiero- en los angustiantes días de la crisis fatal del Banco Continental (enero-agosto de 1996); cuando quebró el gigante Filanbanco (diciembre 1998); en los días del fatídico feriado bancario y del desatroso congelamiento total de depósitos de los clientes (marzo de 1999); cuando colapsó el intocable Banco del Progreso (julio 1999), etcétera, etcétera, etcétera.

Les dejo con lo ofrecido para que cada uno saque su conclusión. Tengo la mía, claro, pero en materia de banca privada diré como el viejo Churchill con respecto a la guerra: "la guerra es demasiado importante y compleja como para dejar que la resuelvan los generales". Cámbiese "guerra" por "banca", y "generales" por "gerentes", entonces hallarán algunas pistas...
............................................................
Las razones de la banca para oponerse al proyecto de Correa

(Extracto y edición: HR)
Carta de: César Robalino, director ejecutivo de la ABPE
Para: Paco Velasco, presidente de la Comisión Económica y Tributaria de la Asamblea
Asunto: Proyecto de Ley de Redistribución del Gasto Social
Fecha: 31 de octubre de 2012
1. (...) Para determinar quién debe financiar el incremento del Bono de Desarrollo Humano (BDH), la exposición de motivos del Proyecto señala: “es indispensable tener presente que la capacidad contributiva de los sujetos pasivos es un elemento fundamental en materia tributaria, en concordancia con el principio de progresividad consagrado en el Art. 300 de la Constitución, por lo que se debe exigir a quienes tengan una mayor capacidad económica que soporten una mayor carga tributaria”. Bajo la premisa de la capacidad económica, el Proyecto sostiene que “un sector de profuso crecimiento en los dos últimos años es el de las instituciones financieras del Ecuador, quienes registraron utilidades contables por US$ 601´000.000 en el ejercicio 2011, equivalentes a un alza del 36% frente a las registradas en el ejercicio 2010”. La exposición de motivos enfatiza que “el repunte de dichas utilidades también estuvo acompañado de un incremento de depósitos, otorgamiento de créditos y otros indicadores clave de la industria, que demuestran el desarrollo económico del sector”.

El Proyecto generará entre US$160 y US$ 180 millones, con la particularidad de que ese valor será repartido entre 36 instituciones financieras, dispensando de esta contribución al resto de las sociedades inscritas en el Registro Único de Contribuyentes. La focalización del financiamiento del BDH en 36 sujetos pasivos vulnera los principios de igualdad, generalidad, equidad, progresividad y suficiencia recaudatoria consagrados en los Arts. 66 número 4 y 300 de la Constitución (1) y compromete la viabilidad futura de las instituciones financieras, que en lugar de destinar las utilidades para su capitalización deberán trasladarlas como impuestos a la Caja Fiscal.

2. La organización y funcionamiento del sistema tributario está limitado por principios constitucionales de obligatoria observancia para el legislador, el cual no puede apartarse de los mismos, pues de hacerlo cae en discriminación. Carlos Marx Carrasco y los coautores del artículo “Acumulación de la riqueza y acumulación del pago de los impuestos” caracterizan al sistema tributario de la siguiente forma:

“La justicia de un sistema tributario se identifica a través de que tan equitativo es este en su trato con los ciudadanos. La equidad es la conjugación de dos premisas: el trato igual para los iguales entre sí, equidad horizontal, y el trato diferenciado para los desiguales, equidad vertical. Un sistema tributario equitativo hace que las personas que tienen circunstancias económicas similares paguen los mismos  impuestos, y que las personas con circunstancias económicas diferentes –asumiendo el criterio de la capacidad de pago por los argumentos expresados en el capítulo 1– paguen distintos montos según dicha capacidad”.(2)

3. ¿Cómo se materializa la discriminación? Según el artículo “Acumulación de la riqueza y acumulación del pago de los impuestos”, 78,11% de los activos, 92,95% del ingreso y 93% de la recaudación se concentra en el décimo decil de las empresas. Esta información revela que, en aplicación de los principios constitucionales de igualdad, generalidad, equidad –horizontal y vertical– y progresividad, los recursos para financiar el BDH deberían estar repartidos, al menos, en las empresas ubicadas en el décimo decil, no obstante, la carga se reparte en 36 contribuyentes. La ABPE no plantea que se generalice este tratamiento a las 136.787 sociedades activas, su propósito es evidenciar la inconstitucional discriminación contra la banca privada. Las versiones más extremas sobre el alcance y contenido de los principios de capacidad contributiva y la progresividad, establecen: “la progresividad debe estar por encima de la realización del principio de capacidad contributiva para satisfacer los fines redistributivos; sin embargo, se debe mantener dentro de los límites constitucionales que garantizan el derecho a la propiedad en todas sus formas y que son el fundamento del principio de no confiscación en materia fiscal”(3)

4. La situación económica de los 36 contribuyentes seleccionados para obtener los recursos que financiarán el incremento del BDH difiere de la que tienen los demás sujetos pasivos respecto de las utilidades que obtienen en relación con el patrimonio:
El Proyecto violenta los principios constitucionales del sistema tributario ecuatoriano, pues existiendo actividades económicas que obtienen mayor rentabilidad que las 36 instituciones financieras, los recursos para financiar el BDH solo se extraen de 36 sujetos pasivos. La capacidad contributiva de los sujetos pasivos seleccionados para el propósito que persigue el Proyecto es menor del que presentan otros sujetos pasivos.

5. Las reflexiones precedentes evidencian lo exorbitante del Proyecto y sus efectos que, rompiendo los principios constitucionales sobre el sistema tributario, consagra una discriminación contra  36 contribuyentes,  todo  esto  bajo  el  equivocado argumento de que las utilidades han crecido del 2010 al 2011 en el 36%, cuando las utilidades de la banca estimadas para el año 2012 disminuirán en aproximadamente sesenta millones de dólares respecto del 2011, precisamente por todas la políticas dirigidas a reducir los ingresos del sistema bancario ecuatoriano dispuestas por las autoridades del gobierno nacional. Para todos los efectos debe estar claro que las utilidades de la banca privada en los últimos tres años fueron las siguientes:

Año
Utilidades netas US$
2009
218 MM
2010
261 MM
2011
395 MM
2012 (estimado)
340 MM

Por tanto, los datos que constan en la exposición de motivos del Proyecto exceden ampliamente la realidad económica del sistema, siendo incorrectos.
(…)
7. La pretendida motivación redistributiva del Proyecto, significa una cuasi-confiscación de las utilidades de la banca, que se basa en el trato discriminatorio a un grupo reducido de contribuyentes, respecto de los cuales se dejan de aplicar los principios constitucionales de igualdad, generalidad, equidad y progresividad. El Proyecto es tan complejo que se llegan a las siguientes situaciones extremas:
(a) Se desconoce la neutralidad del IVA: al gravar con este tributo a los servicios financieros se pretende que el mismo no sea trasladado a los clientes, sino que sea asumido por los 36 sujetos pasivos a quienes se dedica el Proyecto. Resulta incomprensible que las autoridades económicas desconozcan la naturaleza económica y jurídica del IVA.
(b) Se otorga a las normas del Proyecto efectos extraterritoriales, al incluirse dentro del hecho generador del Impuesto a los Activos en el Exterior, los fondos disponibles de las subsidiarias, afiliadas u oficinas en el exterior de las instituciones financieras.
(c) Se exceden las atribuciones constitucionales del Estado respecto a las remuneraciones, pues la competencia de las autoridades públicas está dada para la fijación y revisión del salario básico.
(d) Aunque la banca nunca se ha negado a entregar la información solicitada por los canales legales, el Proyecto atenta contra el derecho constitucional a la intimidad de los clientes de las instituciones financieras, al obligar que todas y cada una de las transacciones que éstos realizan sean reportados a la Administración Tributaria de manera directa, universal e ilimitada, sin intervención de la Superintendencia de Bancos y Seguros.

8. Si se aprueba el Proyecto, lo que verdaderamente se estará fomentando es el debilitamiento del sistema financiero, pues si en lugar de destinarse las utilidades a la capitalización de las instituciones se las emplea para el financiamiento de la Caja Fiscal, se estará  disminuyendo  la  capacidad  operativa  de la banca, impidiendo el crecimiento de la cartera de préstamos que está en función del nivel de capitalización.

Es absolutamente necesario tener presente que la concesión de crédito y su expansión está supeditada al respaldo patrimonial de las instituciones, por tanto, aun cuando se incrementen los depósitos, la banca no podrá seguir concediendo préstamos al ritmo que demanda una economía en crecimiento. Al restarse US$ 180 millones anuales se está impidiendo la generación de cartera por cerca de US$ 1.800 millones.

Solicitamos a la Comisión que niegue el Proyecto de Ley de Redistribución del Gasto Social disponiendo su archivo, pues es evidente la manifiesta inconstitucionalidad de sus normas. No es admisible que las autoridades, apartándose de las normas constitucionales, fomenten un debate que produce desconfianza en los 7 millones de clientes, propietarios de depósitos por más de US$ 20.000 millones. Debe quedar claro que de producirse efectos negativos durante el debate del Proyecto o con la aplicación de la ley, en caso de que se apruebe en contra de nuestro razonado pedido, la responsabilidad deberán asumirla quienes han concebido y aprobado este cuerpo legal.


(1) Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas: 4. Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y progresivos.
La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.
(2) Nicolás Oliva Pérez, Carlos Marx Carrasco, Ana Ribadeneira Álava, Una nueva Política Fiscal para el Buen Vivir, la equidad como soporte del pacto fiscal. Servicio de Rentas Internas, 2012. Pag.257
(3) Manolo Rodas Beltrán y Carlos Marx Carrasco Vicuña, La ideologización del Discurso Jurídico. Una Nueva Política Fiscal para el Buen Vivir, la equidad como soporte del pacto fiscal. Servicio de Rentas Internas, 2012, pág. 72

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