Se cumplen seis meses de la realización del referéndum y consulta popular y las reformas legales para que ese mandato se concrete siguen en proceso.
El 7 de mayo, el Gobierno planteó cinco enmiendas constitucionales y cinco reformas.
El Gobierno pretende aplicar el mandato de cuatro preguntas mediante
el nuevo Código Orgánico Penal Integral, que aún no está vigente. El
Ejecutivo lo envió a la Asamblea Nacional el 13 de octubre pasado y
actualmente lo analiza la Comisión de Justicia.
Una de estas preguntas es la 1, mediante la cual se aprobó el cambio
de los plazos para la caducidad de la prisión preventiva. El Gobierno
indicó que esta reforma serviría para “mejorar la seguridad ciudadana”.
Antes de la consulta popular, la Constitución disponía que esta
medida cautelar caducaba al año, en caso de delitos penados con
reclusión, o a los seis meses, en caso de infracciones penadas con
prisión.
El nuevo Código diseñado no hizo un cambio sustancial. El artículo
618 dice: “La prisión preventiva no podrá exceder de un año, en los
procesos por infracciones graves y muy graves, ni de seis meses, en los
procesos por infracciones medias y leves”.
Para el constitucionalista Rafael Oyarte, que el Gobierno haya
mantenido los plazos es “una tomadura de pelo, sobre todo, tomando en
cuenta los gastos que hicieron para realizar la consulta”.
La pregunta 2, en cambio, consultó si la prisión preventiva se debería imponer solo a los acusados de delitos graves.
La propuesta de nuevo Código Penal, en su artículo 613, indica que
los jueces deberán obligatoriamente ordenar la prisión preventiva contra
los acusados en caso de infracciones que conlleven la muerte de una o
más personas, en delitos contra la administración pública y los
relacionados con la integridad sexual, la trata de personas y el odio.
Asimismo, este cuerpo legal contiene la aplicación de los mandatos de
las preguntas 6 y 10 de la consulta. La primera averiguó si era
necesario considerar como delito al enriquecimiento no justificado, para
combatir la corrupción.