De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador y según el Art. 105.- "Las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato de las autoridades de elección popular. La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el período de gestión de una autoridad podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato. La solicitud de revocatoria deberá respaldarse por un número no inferior al diez por cinto de personas inscritas en el registro electoral correspondiente. Para el caso de la Presidenta o Presidente de la República se requerirá el respaldo de un número no inferior al quince por ciento de inscritos en el registro electoral".
La Delegación Electoral del Carchi ha atendido la solicitud de entrega de Formularios para la Revocatoria del Mandato hasta la presente fecha de las siguientes autoridades de elección popular:
- Alcalde del Cantón Bolívar
- Presidente de la Junta Parroquial de Julio Andrade-Cantón Tulcán
- Presidente de la Junta Parroquial de Santa Martha de Cuba-Cantón Tulcán
- Concejal Rural del Cantón Bolívar
- Concejal Urbano Del Cantón Bolívar
FUENTE http://www.cnecarchi.gob.ec/
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