El Código establece la organización político – administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera.
Además desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, fuentes de financiamiento y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial.
El documento, trabajado en la comisión de Gobiernos Autónomos, recoge la mayoría de observaciones realizadas por los asambleístas en el segundo debate, el acuerdo con las organizaciones respecto a las circunscripciones territoriales, y dentro del título de los recursos financieros, el esquema general de la fórmula, variables (artículo 194) y la ponderación de los criterios constitucionales (octava transitoria) para el cálculo de la asignación presupuestaria para cada gobierno autónomo descentralizado.
El texto, de 599, contiene los títulos: principios generales; organización del territorio; gobiernos autónomos descentralizados; regímenes especiales; descentralización y sistema nacional de competencias; recursos financieros; modalidades de gestión, planificación, coordinación y participación; disposiciones comunes; y, disposiciones especiales para los gobiernos metropolitanos y municipales. Además, 9 disposiciones generales, 31 transitorias, 2 derogatorias y 1 final.
Respecto a este proyecto, el presidente de la Asamblea Nacional anunció, en Macas, que la votación será el miércoles 11 de agosto.
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