Montufareños, ponemos a su disposición el informe de la Contraloría General del Estado en el que se observa los procesos de contratación de emergencia por las adquisiciones que se hicieron durante lo más duro de la pandemia en el 2020 por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Montúfar y que fuera hecho público en la web de la Contraloría en los meses anteriores.
En el Capítulo II de los RESULTADOS DEL EXAMEN, en la página 6 se estabelce que mediante resolución 04 E/2020 del Alcalde del 20 de marzo de 2020 declara la emergencia en el Cantón Montúfar por presencia del coronavirus y dispone la contratación directa de obras y bienes bajo los requerimientos técnicos emitidos por las Direcciones de Obras Públicas, Agua Potable y Alcantarillado, Higiene, Protección Ambiental, Dirección Administrativa, Comisaria Municipal, Desarrollo Social, y las requeridas de forma directa y emergente por la comunidad por el tiempo que dure el estado de emergencia.
El 19 de junio de 2020 mediante información proporcionada por la Dirección Financiera, en la pagina 7, se estableció deficiencias en los expedientes de 11 procesos de emergencia en las fases preparatoria, precontractual y contractual en los que intervinieron los Directores de Protección Ambiental, Administrativo, Talento Humano, Desarrollo Social, Jefe de Proveeduría y Jefe de Desarrollo Social como Área requirente dentro del período comprenido del 16 de marzo al 12 de junio de 2020. En 9 de los procesos de contratación los servidores indicados elaboraron las especificaciones y características de los productos a adquirise e informes de requerimiento, calificaron y evaluaron ofertas, y solicitaron el pago, interviniendo los mismos servidores en las fases preparatoria, precontractual y contractual, sin que exista indeopendencia en sus funciones, aumentando el riesgo en la detección de errores en cuanto a separación de funciones y rotación de labores, lo que incidió en la que las inconsistencias que se encontraran fueran omitidas por los servidores antes indicados en las diferentes etapas de contratación.
INCONSISTENCIAS
1. Especificaciones técnicas incompletas: En 4 procesos no se establecieron las especificaciones o características técnicas de los bienes, ni presentaron a la máxima autoridad para su correspondiente aprobación que permita determinar las características específicas de los productos, incumpliéndose especificaciones técnicas o términos de referencia establecidas por el SERCOP.
2. Cotización presentación de proformas que presentaron inconsistencias: En 4 de los expedientes se encontraron adjuntas 13 proformas de diferentes proveedores. Para establecer la veracidad y legalidad de las proformas se solicitó información a los responsables; 5 proveedores señalaron por escrito que 6 proformas que se encontraban adjuntas en los expedientes de contratación no fueron emitidas ni presentadas por ellos para participar en los procesos de contratación al GAD. Indicando además que no distribuyen los productos proformados, sin embargo, las referidas proformas fueron consideradas para la definición del presupuesto referencial. Revela irregularidades en el proceso de obtención y presentación de proformas; ratificándose los proveedores que no participaron en los procesos de contratación.
Servidores responsables de obtener las proformas en cada proceso fueron, a continuación el detalle:
Se establece que existen hechos que revelan irregularidades en los procedimientos aplicados para la obtención y presentación de proformas por parte de los servidores. Las proformas adjuntas en los expedientes de conmtratación no fueron emitidas y tampoco elboradas por los proveedores, en conscuencia carecen de veracidad y legalidad; y no determinan la realidad de los precios ofertados, por cuanto no hubo un análisis transparente de la oferta existente en el mercado, sin embargo se consideraron las proformas en el establecimiento del estudio de mercado para la definción del presupuesto referencial.
3. Estado y concidición de los oferentes: En 3 procesos de contratación no se relacionaron con objeto de la adquisición, es decir no desarrollaban las actividades económicas objeto de la contratación.
En consecuencia las proveedoras no contaban con la experiencia en la entrega de prendas de protección e insumos químicos que garantice su cumplimiento.Además en dos procesos fueron adjudicados a la proveedora en contraposición de lo establecido en el artículo 24 letra "j", prohibiciones a los servidores públicos, prevista en la Ley orgánica de Servicio Público, que establece: "Que los servidores públicos no pueden suscribir contratos con el Estado", sin embargo conforme a la información proporcionada por el Ministerio de Salud Pública, la referida proveedora mantiene relación laboral con la Dirección Distrital 04D02 Montúfar Bolívar, desde el 1 de noviembre de 2014.
4. Bienes adquiridos sin registro sanitario y por establecimientos sin permiso de funcionamiento: Los productos adquiridos en 3 de los procesos de contratación antes observados no contaron con la notificación sanitaria o registro sanitario, así como 6 establecimientos no contaron con el pemriso de funcionamiento otorgado por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria para la distribución de dispositivos médicos y productos químicos, y uno fue posterior a la adquisición del producto. Aspectos de seguridad que fueron omitidos.
5. Distribución y entrega de productos sin control: Existen procesos en los que no hay concordancia lo comprado y entregado a los distintos beneficiarios, al momento que se desarrolló la auditoría.
Los hechos se encuentra investigando bajo reserva en la Fiscalía General del Estado.
Para leer al detalle Informe de Contraloría haga clic en el siguiente enlace: INFORME
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