En su sesión 78, el Pleno de la Asamblea Nacional, con 116 votos, aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Educación Intercultural, por el cual se garantiza el derecho a la educación, determina principios y fines generales que orientan la educación ecuatoriana, en el marco del Buen Vivir, la interculturalidad y la plurinacionalidad, así como las relaciones entre sus actores. Desarrolla y profundiza los derechos, obligaciones y garantías constitucionales en este ámbito y establece las regulaciones básicas para la estructura, los niveles y modalidades, modelo de gestión, el financiamiento y la participación de los actores del Sistema Nacional de Educación.
La normativa, que contiene 143 artículos, 13 disposiciones generales; 40 disposiciones transitorias; 11 derogatorias y una disposición final, desagrega, enuncia y transversaliza los derechos, deberes y obligaciones del Estado, de los estudiantes, docentes, familia, de la Comunidad educativa y de las instituciones educativas. Las obligaciones se conciben en el contexto de la corresponsabilidad y son claramente medibles y demandables.
Conforme lo dispone esta ley, todos los habitantes del Ecuador son titulares del derecho a la educación de calidad, laica y gratuita en los niveles inicial, básico y bachillerato, así como a una educación permanente a lo largo de la vida, formal y no formal.
La autoridad Educativa Nacional autorizará, regulará y controlará el funcionamiento de todas las instituciones públicas, municipales, particulares y fiscomisionales, en el ámbito de su competencia, así como las políticas emitidas y los recursos asignados de conformidad con la presente Ley y Reglamento.
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