jueves, 15 de julio de 2010

¿Cuál veeduría?

Según la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, publicada en el Registro Oficial del 20 de abril del 2010, las veedurías son mecanismos propios para esa actividad, como recordé en mi artículo ‘¿Mecanismos de participación?’, que publicó EL UNIVERSO el 23 de junio del 2010.

Las veedurías ciudadanas de los últimos años se ciñeron al reglamento de Creación y Funcionamiento, que expidió la Comisión de Control Cívico de la Corrupción.

Esta fue eliminada en la nueva Constitución y sus labores y responsabilidades, con atribuciones y deberes adicionales, fueron encomendadas al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), recién integrado de manera definitiva.

Dicho Consejo, clave para nuestro equilibrio social y político, acaba de expedir un nuevo Reglamento General de Veedurías Ciudadanas, que puede leerlo en el Registro Oficial del 1 de julio del 2010, y ha asumido la responsabilidad de la promoción, conformación y funcionamiento de esas veedurías.

Esa normativa permitirá activar las veedurías ciudadanas, luego de un periodo de casi receso desde la eliminación de la C4, y proclama garantizar el ejercicio del derecho ciudadano a participar en los asuntos de interés público y llevar adelante sus propias actividades de control social, sin menoscabar las que corresponden a los organismos de control nacional como, por ejemplo, la Contraloría General del Estado y las Superintendencias.

FUENTE http://www.eluniverso.com/2010/07/14/1/1363/cual-veeduria.html

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