Ya se manifestó en anteriores ocasiones que la Constitución de la
República del Ecuador aprobada en el 2008, por la mayoría de sus
contenidos es calificada de post moderna, pues define el camino hacia
una renovación radical de las formas tradicionales de funcionamiento del
Estado para lograr la emancipación social, lo que implica que la
población y los actores sociales promovamos debates y ejercitemos las
prácticas democráticas que reconoce la carta magna para incidir y
promover un cambio cultural hacia una nueva práctica política y un
ejercicio del poder diferente al jerárquico, autocrático y excluyente,
así terminar con la frase “El Poder no cede Poder”.
En esta ocasión, analizaremos uno de los aspectos innovadores de la democracia directa, se trata de la polémica y mal llamada silla vacía, al
dejar de ser una Constitución de Derecho y erigirse en una de Derechos,
prima el Art 101, por lo tanto no se debe esperar que haya una norma
legal como ordenanzas o acuerdos/resoluciones para hacer uso de la silla
vacía en las sesiones de los GADs, más aún cuando está contemplada en
las Leyes Orgánicas aprobadas: Participación Ciudadana y el COOTAD.
El
tema toma vigencia, en la actual coyuntura de estructuración y
adecuación de los Sistemas de Participación “Ciudadana” pues implica la
definición de un modelo con visión simplemente legalista, de
cumplimiento de la ley, o con voluntad política de asumir los retos que
la Constitución propone para fortalecer el Poder Popular; la ocupación
de la silla vacía en las sesiones de los GADs es uno de los 4 mecanismos
de la democracia directa incorporados en la Constitución del 2008,
además de la Iniciativa Popular Normativa, Revocatoria de Mandato y
Consulta – Referéndum. La primera vez que se aplica uno de estos
mecanismos fue en el referéndum de 1978.
Dijimos,
que la silla vacía es polémica porque hasta su origen y su nombre fue
así, solo recordemos quien la propuso, fue el asambleísta César Ron del
Partido Social Cristiano en la Asamblea Constituyente de Montecristi, en
dicha ocasión y en los debates de la Ley de Participación Ciudadana
consumado en el artículo 77, la posición de la AUCC fue, que la
participación, en la silla vacía no implique voto, porque se prestaría
para chantajes, se instrumentalizará y penalizaría este mecanismo de
participación, lo hacíamos fundamentados en la experiencia de Cotacachi
en la que desde el 2003 la AUCC a través de su presidenta y presidente
participaban en las sesiones del Concejo Municipal sin voto y aún sin
normativa jurídica puesto que las resoluciones de las asambleas
cantonales anuales eran vinculantes. Cuestionábamos también el ejercicio
de la silla vacía solo en los GADs y no en las instancias del Gobierno
Central sean estos Ministerios, puesto que el Presidente/ta y
Vicepresidente del Ecuador también son electos por votación popular y
administran fondos públicos. Además porque creemos, más en los diálogos
colectivos y en la movilización social.
Una
vez aprobadas la Ley de Participación Ciudadana y el COOTAD en el año
2010, ya se dieron intentos de bloqueo y de terminar con la AUCC,
recordemos que el anterior Procurador Síndico del Gobierno Municipal
propuso por entonces un borrador de ordenanza de la silla vacía sin
voto, pese a que la ley ya lo asignaba; y la conformación en el Gobierno
Municipal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
desconociendo que como tal, es un organismo de la función de
Transparencia y Control Social del estado ecuatoriano, la idea fue
impulsada por dirigentes de la Federación de Barrios de esa época y que
actualmente están apoyando la conformación del nuevo sistema de
participación. Ventajosamente se percataron de semejante error pero ya
se había dado paso libre a esta propuesta.
Ante
este desconocimiento y poca cultura de interpretar las leyes conforme a
la dinámica de los procesos, la AUCC propuso al Gobierno Municipal
realizar un taller conjunto con las organizaciones para armar una
propuesta que active el uso de la silla vacía, el taller se realizó en
Intag el 10 de junio del 2010. Como producto, la AUCC entregó la
propuesta al Concejo Municipal el 23 junio del mismo año, pero como
siempre no se aprobó todo lo acordado debido a la injerencia de
posiciones que se resisten al cambio de ciertas prácticas enraizadas en
el poder, finalmente, la ordenanza se aprobó el 6 de diciembre del 2010.
Pese
a ello, sectores retrógrados de la sociedad Cotacacheña y los mismos
funcionarios de la Dirección Municipal de Planificación siguen
desconociendo su sentido y sus contenidos con la intención de
desinformar y bloquear la participación de la AUCC en las sesiones del
Concejo Municipal. Así sucedió en la discusión de la mesa No. 1 de la
XVI Asamblea Anual, en sesión ordinaria del Concejo Municipal del 21 de
noviembre de 2011 y en el Cabildo Central de la Unorcac. La ignorancia
llega a tal punto, que por otro lado, un funcionario de la Universidad
de Otavalo hace 1 mes realiza encuestas y pregunta si debe hacerse o no
una ordenanza que regule la silla vacía.
Aquello
no anula este derecho para cualquier persona que se acredite, puede
hacer uso de este mecanismo, puesto que no es exclusivo para la AUCC,
eso sería violentar los derechos de las personas y de los colectivos y
tampoco es el propósito reemplazar a las organizaciones y a la
población, por el contrario la intención es que haya rotación de
personas y organizaciones para la participación en la silla vacía.
Ha
transcurrido año y medio de aprobada la ordenanza y por ende de ocupar
la silla vacía en el Concejo Municipal, podemos entonces emitir varias
conclusiones:
- · Las organizaciones que han ocupado la silla vacía son FEBAC, Consejo Intersectorial de Gestión Ambiental, Coordinación Cantonal de Mujeres, UNORCAC y la AUCC en representación de las organizaciones que coordinan con la misma, demostrándose que el mecanismo ha sido ocupado por varias organizaciones que coordinan con la AUCC y no solo por su presidenta, conforme a los temas tratados, como dispone la ley. Por lo tanto no hay una silla vacía sino varias.
- · Este mecanismo de la silla vacía permite contrarrestar el doble voto incluido el voto dirimente, que le otorgó al ejecutivo de los GAD Municipales el COOTAD en el Art. 60 (c) aunque no es explícito no así del Prefecto/ta, Presidente/ta de Junta Parroquial y Alcaldes Metropolitanos.
- · Una de las causas para no acreditarse con voz y voto en la silla vacía son las consecuencias que pueden generar, así lo dice el Art. 311 del COOTAD “las personas que participen con voto, serán responsables administrativa, civil y penalmente”. Un ejemplo, si se votaba a favor de la aprobación del Presupuesto Municipal 2012 en el cual posteriormente se detectó un desfase de aproximadamente 5 millones de dólares, las sanciones también deberían asumir los que votaron en este tema ocupando la silla vacía, por lo cual es importante la presencia y seguimiento de la población debidamente informada.
- · ¿Pueden o no ocupar la silla vacía los integrantes de los GADs parroquiales? A nuestro modo de ver no, porque son autoridades electas y serían juez y parte, algo similar ocurre con el magisterio que son funcionarios públicos.
- Aún es necesario profundizar este mecanismo porque las personas que participan con voz y voto por lo regular ya no van a la siguiente sesión en la que se aprueba el acta, por lo tanto es muy necesario asegurar su presencia para que se verifique su intervención y su voto, esto permite la ordenanza.
- Es positivo el hecho que se hayan acreditado representantes sólo de organizaciones con lo que se garantiza la legitimidad y la rendición de cuentas.
- No se debe esperar que acepten o no los GADs para ocupar la silla vacía, las sesiones son públicas, se requiere únicamente acreditarse cuando se vaya a participar con voz y voto, obviamente previa elección o designación en asambleas locales, cabildos populares y audiencias públicas como lo determina el Art. 77 de la Ley de Participación Ciudadana.
- Es necesario articular los temas de la silla vacía con los 6 sistemas que integran el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Cantonal.
Es
pertinente precisar que en el caso de incumplimiento por parte de las
autoridades respecto de las disposiciones relativas a la participación
ciudadana se contempla sanciones políticas y administrativas incluso la
remoción de los cargos para los funcionarios responsables por omisión y
causal de revocatoria de mandato de la autoridad (Art. 312 COOTAD). De
igual manera lo estipula la reforma a la ley de Participación Ciudadana
del 11 de mayo del 2011 Art. 25 se podrá revocar el mandato a las
autoridades por incumplimiento del plan de trabajo, de las disposiciones
legales relativas a la participación ciudadana y las demás funciones y
obligaciones establecidas en la Constitución de la República y la ley
correspondiente a cada una de las dignidades de elección popular.
Los
criterios vertidos desde el oficialismo cantonal que hablan, que la
participación ha bajado en Cotacachi, no justifica la intención de
instrumentalizar el nuevo Sistema de Participación, y el argumento
carece de sustento, puesto que estamos en un nuevo momento, en el cual
no se puede actuar de la misma manera que en las décadas anteriores. Por
esta razón, la propuesta de ordenanza de silla vacía en las sesiones
del Concejo Municipal es una muestra de la nueva dinámica y estrategia
para la incidencia política que tienen las organizaciones que coordinan
con la AUCC. En este sentido existen varios ejemplos que los iremos
visibilizando a futuro, a pesar de no recibir ningún tipo de
remuneración del Estado, pese a que la ordenanza (Art. 20) permite
recibir un viático a las personas que participan con voz y voto en las
sesiones municipales.
Por
el contrario desde el Gobierno Municipal hasta el momento no sea
concretado una iniciativa innovadora de participación, todo lo han hecho
usando los espacios existentes y generados por las organizaciones que
coordinan con la AUCC, así tenemos el Consejo de Planificación,
Asambleas para el PDOT Cantonal, Presupuesto Participativo Municipal,
Asambleas Locales y la misma silla vacía entre otros.
“RESISTIENDO AL LEGALISMO Y PARTIDISMO CON AUTONOMÍA Y PARTICIPACIÓN”
Síguenos en Twitter @AUCCotacachi y Facebook Asamblea Cantonal